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Legislación › Ley 4/2006, de 19 de mayo, de Conservación de la Naturaleza de Cantabria.

Artículo 56. Objetivos.

Artículo 56. Objetivos.

Son objetivos de los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales:

a) La definición del estado de conservación de los recursos y ecosistemas en el correspondiente ámbito espacial.

b) La determinación de las limitaciones que deban establecerse a la vista del estado de conservación.

c) El señalamiento de los regímenes de protección que procedan.

d) La aplicación de medidas de conservación, restauración y mejora de los recursos naturales que lo precisen.

e) La formulación de los criterios orientadores de las políticas sectoriales y ordenadores de las actividades económicas y sociales, públicas y privadas.

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