Legislación › Ley 6/2006, de 9 de junio, de prevención de la Contaminación Lumínica.
Disposición final segunda. Convenios de colaboración.
Disposición final segunda. Convenios de colaboración.
De acuerdo con el principio de colaboración, se promoverán convenios de colaboración entre la Administración autonómica y las Administraciones locales, así como, si procede, con la Administración General del Estado y sus organismos, para impulsar la implantación de las medidas que regula la presente Ley.
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