LexTotal

Legislación › Ley

Ley 6/2006, de 9 de junio, de prevención de la Contaminación Lumínica.

En vigor Comunidad Autónoma de Cantabria · Publicada el 3 de agosto de 2006 · Último cambio el 16 de junio de 2006 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. Artículo 2. Definiciones.
  5. Artículo 3. Finalidades.
  6. Artículo 4. Ámbito de aplicación.
  7. Artículo 5. Criterios generales de competencia municipal.
  8. CAPÍTULO II
  9. Artículo 6. Nivel lumínico de referencia.
  10. Artículo 7. Zonificación.
  11. Artículo 8. Reglamentación técnica.
  12. Artículo 9. Características fotométricas de los pavimentos.
  13. Artículo 10. Régimen horario del alumbrado.
  14. Artículo 11. Prohibiciones generales.
  15. CAPÍTULO III
  16. Artículo 12. Obligaciones de las Administraciones Públicas.
  17. Artículo 13. Régimen de intervención.
  18. CAPÍTULO IV
  19. Artículo 14. Fondo económico.
  20. Artículo 15. Régimen de ayudas.
  21. CAPÍTULO V
  22. Artículo 16. Infracciones.
  23. Artículo 17. Tipificación de infracciones.
  24. Artículo 18. Sanciones.
  25. Artículo 19. Ordenanzas municipales.
  26. Artículo 20. Potestad sancionadora y órganos competentes.
  27. Artículo 21. Medidas cautelares.
  28. Artículo 22. Multas coercitivas y reparación de los daños.
  29. Artículo 23. Potestad de inspección y control.
  30. Disposición adicional primera. Alumbrados exteriores existentes a la entrada en vigor de la presente Ley.
  31. Disposición adicional segunda. Modificación sustancial del alumbrado exterior posterior a la entrada en vigor de esta Ley.
  32. Disposición transitoria primera. De los alumbrados con licencia.
  33. Disposición transitoria segunda. Colaboración del Gobierno de Cantabria con los Ayuntamientos.
  34. Disposición transitoria tercera. Del horario y tipos de alumbrado nocturno.
  35. Disposición final primera. Campañas de difusión y concienciación.
  36. Disposición final segunda. Convenios de colaboración.
  37. Disposición final tercera. Desarrollo reglamentario.
  38. Disposición final cuarta. Actualización de las cuantías de las multas.
  39. Disposición final quinta. Entrada en vigor.
  40. Firma
  41. [INFORMACIÓN RELACIONADA]