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Legislación › Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia.

Artículo 172.

Artículo 172.

Los cónyuges podrán pactar en capitulaciones matrimoniales la liquidación total o parcial de la sociedad y las bases para realizarla, con plena eficacia al disolverse la sociedad conyugal.

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