Legislación › Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia.
Artículo 172.
Artículo 172.
Los cónyuges podrán pactar en capitulaciones matrimoniales la liquidación total o parcial de la sociedad y las bases para realizarla, con plena eficacia al disolverse la sociedad conyugal.


