Legislación › Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia.
Artículo 24.
Artículo 24.
En los casos en que el acogimiento haya de ser acordado por el juez, la entidad pública, realizadas las diligencias oportunas y concluido el expediente, presentará la propuesta de acogimiento a la autoridad judicial de forma inmediata y, en todo caso, en el plazo máximo de quince días.


