Legislación › Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia.
Artículo 33.
Artículo 33.
1. Para iniciar el expediente de adopción es necesaria la propuesta previa de la entidad pública a favor del adoptante o adoptantes que los declarara idóneos para el ejercicio de la patria potestad.
2. La declaración de idoneidad podrá ser previa a la propuesta de adopción.


