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Legislación › Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Artículo 4. Exclusiones del ámbito de aplicación de la Ley.

Artículo 4. Exclusiones del ámbito de aplicación de la Ley.

Quedan excluidos del ámbito de aplicación de esta Ley:

a) Los premios que se otorguen sin la previa solicitud de la persona beneficiaria.

b) Las subvenciones previstas en la legislación electoral autonómica.

c) las subvenciones destinadas a la financiación de partidos políticos, a los grupos parlamentarios y a los grupos políticos de las corporaciones locales.

d) Los convenios celebrados entre Administraciones Públicas que conlleven una contraprestación a cargo del beneficiario.

e) Los convenios y conciertos celebrados entre Administraciones Públicas que tengan por objeto la realización de los planes y programas conjuntos a que se refiere el artículo 7 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o la canalización de las subvenciones gestionadas a que se refiere el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, así como los convenios en que las Administraciones Públicas que los suscriban ostenten competencias compartidas de ejecución.

f) Las aportaciones dinerarias que en concepto de cuotas ordinarias o extraordinarias satisfaga una Administración Pública española a organismos internacionales para financiar total o parcialmente, con carácter indiferenciado, la totalidad o un sector de la actividad del mismo.

g) Los convenios celebrados entre la Administración y cualquier otra entidad de derecho público que tengan como finalidad hacer efectivas las subvenciones en las que la Administración Autonómica reciba los fondos subvencionales con el fin de hacérselos llegar a la referida entidad. El convenio deberá recoger dentro de su clausulado que ésta asume idénticas obligaciones que las asumidas previamente por la Comunidad Autónoma.

Se añaden las letras d) a g) por el art. 18.1 de la Ley 6/2009, de 28 de diciembre. BOE-A-2010-931.

Redacciones de este artículo

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1 de enero de 2010 En vigor BOE-A-2010-931 Leer Qué cambió
1 de enero de 2007 Texto original Leer

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