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Legislación › Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Disposición adicional primera. Información y coordinación con el Tribunal de Cuentas.

Disposición adicional primera. Información y coordinación con el Tribunal de Cuentas.

1. Anualmente, la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria remitirá al Tribunal de Cuentas, en los términos que se fije reglamentariamente, informe sobre el seguimiento de los expedientes de reintegro y sancionadores derivados del ejercicio del Control Financiero.

2. El régimen de responsabilidad contable en materia de subvenciones se regulará de acuerdo con la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas, la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, y la normativa presupuestaria aplicable.

Se modifica el apartado 1 por la disposición final 2.4 de la Ley 6/2007, de 27 de diciembre. BOE-A-2008-2598.

Redacciones de este artículo

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1 de enero de 2008 En vigor BOE-A-2008-2598 Leer Qué cambió
1 de enero de 2007 Texto original Leer

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