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Legislación › Ley 11/2006, de 17 de julio, de organización y funcionamiento del Servicio Jurídico.

Disposición adicional primera. Modificación de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de la Función Pública de Cantabria.

Disposición adicional primera. Modificación de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de la Función Pública de Cantabria.

Se modifica y se da una nueva redacción al apartado 1 del artículo 26 de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de la Función Pública, que queda redactado como sigue:

«Artículo 26.

1. Se establecen los siguientes Cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria:

a) Cuerpos de Administración General:

1.º Cuerpo Técnico Superior.

2.º Cuerpos de Gestión.

3.º Cuerpo Administrativo.

4.º Cuerpo General Auxiliar.

5.º Cuerpo General Subalterno.

b) Cuerpos de Administración Especial:

1.º Cuerpo Facultativo Superior.

2.º Cuerpo de Letrados.

3.º Cuerpo Superior de Inspectores de Finanzas de Cantabria.

4.º Cuerpo Técnico de Finanzas de Cantabria.

5.º Cuerpo de Diplomados y Técnicos Medios.

6.º Cuerpo de Técnicos Auxiliares.

7.º Cuerpo de Técnicos Auxiliares del Medio Natural.

8.º Cuerpo de Agentes del Medio Natural.

9.º Cuerpo de Agentes de Seguridad.»

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