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Ley 11/2006, de 17 de julio, de organización y funcionamiento del Servicio Jurídico.
En vigor Comunidad Autónoma de Cantabria · Publicada el 26 de agosto de 2006 · Último cambio el 29 de diciembre de 2022 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito. 2 redacciones · cambió el 30/12/2020
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. La Dirección General del Servicio Jurídico.
- Artículo 4. El Director General: nombramiento y funciones.
- Artículo 5. Cuerpo de Letrados.
- Artículo 6. Organización.
- Artículo 7. Unidad de criterio.
- Artículo 8. Comisión de Coordinación Jurídica.
- CAPÍTULO III
- Artículo 9. Definición.
- Artículo 10. Contratos de asesoramiento externo.
- Artículo 11. Órganos que pueden solicitar informe.
- Artículo 12. Solicitud.
- Artículo 13. Carácter de los informes.
- Artículo 14. Informe preceptivo. 5 redacciones · cambió el 29/12/2022
- Artículo 15. Informe no preceptivo.
- Artículo 16. Representación y defensa en procedimientos no judiciales.
- Artículo 17. Asistencia a órganos colegiados. 2 redacciones · cambió el 07/05/2010
- Artículo 18. Bastanteos.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 19. Ámbito de la función contenciosa.
- Artículo 20. Contraposición de intereses.
- Artículo 21. Representación y defensa.
- Artículo 22. Letrados habilitados.
- Artículo 23. Abogados y procuradores colegiados.
- Artículo 24. Ejercicio de acciones. 2 redacciones · cambió el 03/12/2018
- Artículo 25. Oposición a demandas.
- Artículo 26. Recursos contra resoluciones judiciales. 2 redacciones · cambió el 03/12/2018
- Artículo 27. Especialidades procesales.
- Artículo 28. Colaboración de órganos.
- Artículo 29. Ejecución de sentencias.
- Artículo 30. Costas y gastos.
- Artículo 31. Defensa de autoridades y funcionarios.
- Artículo 32. Representación y defensa de las personas menores sujetas a tutela.
- Disposición adicional primera. Modificación de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de la Función Pública de Cantabria.
- Disposición adicional segunda. Integración en el Cuerpo de Letrados.
- Disposición transitoria primera. Puestos de trabajo del Cuerpo de Letrados.
- Disposición transitoria segunda. Procedimientos en curso.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Desarrollo normativo.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma


