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Legislación › Ley 10/2006, de 26 de julio, integral de la juventud.

Disposición final cuarta. Entrada en vigor de la ley.

Disposición final cuarta. Entrada en vigor de la ley.

Esta ley entrará en vigor a los dos meses desde el día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

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