Legislación › Ley 10/2006, de 26 de julio, integral de la juventud.
Disposición final cuarta. Entrada en vigor de la ley.
Disposición final cuarta. Entrada en vigor de la ley.
Esta ley entrará en vigor a los dos meses desde el día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears.


