Legislación › Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears.
Artículo 18. Delimitación negativa del ámbito de aplicación.
Artículo 18. Delimitación negativa del ámbito de aplicación.
Esta ley no será de aplicación a los planes y programas siguientes:
a) Los que tienen como único objetivo servir a los intereses de la defensa nacional o la protección civil en casos de emergencia.
b) Los de tipo financiero o presupuestario.


