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Legislación › Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears.

Artículo 18. Delimitación negativa del ámbito de aplicación.

Artículo 18. Delimitación negativa del ámbito de aplicación.

Esta ley no será de aplicación a los planes y programas siguientes:

a) Los que tienen como único objetivo servir a los intereses de la defensa nacional o la protección civil en casos de emergencia.

b) Los de tipo financiero o presupuestario.

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