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Legislación › Real Decreto 1144/2006, de 6 de octubre, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de higiene de los piensos.

Disposición final segunda. Título competencial.

Disposición final segunda. Título competencial.

Este real decreto tiene el carácter de normativa básica al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.a y 16.a de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, y bases y coordinación general de la sanidad, respectivamente.

Se exceptúa de dicho carácter de normativa básica la regulación contenida en la disposición transitoria, así como el régimen sancionador relativo a importaciones y exportaciones, que se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.16.a, primer inciso, de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de sanidad exterior.

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