Legislación › Real Decreto 1207/2006, de 20 de octubre, por el que se regula la gestión del Fondo de cohesión sanitaria.
Artículo 3. Asistencia sanitaria.
Artículo 3. Asistencia sanitaria.
La asistencia sanitaria a que se refiere este real decreto es la contemplada en el catálogo de prestaciones del Sistema Nacional de Salud, definido en la Ley 16/2003, y desarrollado por el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización. Asimismo incluye la asistencia sanitaria realizada en concepto de uso tutelado.
Se modifica por la disposición final 1.2 del Real Decreto 207/2010, de 26 de febrero. BOE-A-2010-4399
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 17 de marzo de 2010 En vigor | BOE-A-2010-4399 | Leer | Qué cambió |
| 22 de octubre de 2006 | Texto original | Leer |


