Legislación › Ley Foral 16/2005, de 5 de diciembre, de ordenación vitivinícola.
Artículo 29. Órganos competentes.
Artículo 29. Órganos competentes.
El ejercicio de la potestad sancionadora en materia de vitivinicultura corresponderá a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Podrá ser ejercida por el organismo público que se determine reglamentariamente.


