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Legislación › Ley Foral 16/2005, de 5 de diciembre, de ordenación vitivinícola.

Artículo 5. Plantaciones y derechos de replantación.

Artículo 5. Plantaciones y derechos de replantación.

1. La Administración de la Comunidad Foral de Navarra regulará el régimen de autorizaciones de nuevas plantaciones y replantaciones de viñedo, en el marco de la normativa comunitaria y demás normativa de aplicación.

2. El material vegetal utilizado en las nuevas plantaciones o replantaciones cumplirá los requisitos establecidos por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

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