Legislación › Ley 8/2006, de 18 de octubre, de transporte interurbano por carretera de La Rioja.
Disposición final primera. Cláusula de supletoriedad.
Disposición final primera. Cláusula de supletoriedad.
En lo no previsto en la presente Ley y en sus normas de desarrollo se aplicarán las normas estatales reguladoras de los transportes interurbanos en cuanto sean compatibles con aquéllas.
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