Legislación › Ley 8/2006, de 18 de octubre, de transporte interurbano por carretera de La Rioja.
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Téngase en cuenta que el Gobierno de La Rioja podrá, mediante disposición publicada únicamente en el "Boletín Oficial de La Rioja", actualizar las cuantías pecuniarias establecidas en la presente Ley, a fin de adecuarlas de acuerdo con el índice de precios al consumo de La Rioja, según se establece en la disposición adicional 2.


