Legislación › Orden FOM/233/2006, de 31 de enero, por la que se regulan las condiciones para la homologación del material rodante ferroviario y de los centros de mantenimiento y se fijan las cuantías de la tasa por certificación de dicho material.
Artículo 28. Criterios para valorar la cobertura de responsabilidad civil.
Artículo 28. Criterios para valorar la cobertura de responsabilidad civil.
Se entenderá que un centro de mantenimiento cubre su responsabilidad civil derivada de las operaciones de mantenimiento que realiza si tiene constituido un seguro de responsabilidad civil por una cuantía equivalente, al menos, al cinco por ciento de la facturación anual de su actividad de mantenimiento.


