Legislación › Orden FOM/233/2006, de 31 de enero, por la que se regulan las condiciones para la homologación del material rodante ferroviario y de los centros de mantenimiento y se fijan las cuantías de la tasa por certificación de dicho material.
Disposición adicional décima. Autorización a la Dirección General de Ferrocarriles.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de febrero de 2006 y la del 11 de febrero de 2015.
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Disposición adicional décima. Autorización a la Dirección General de Ferrocarriles.
La Dirección General de Ferrocarriles adoptará las medidas necesarias para el cumplimiento de esta orden, y resolverá las dudas que en relación con la misma puedan suscitarse. Asimismo, el Director General de Ferrocarriles podrá modificar, mediante resolución, la clasificación del material rodante con las condiciones que señala el artículo 3.3. (Derogada)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 11 de febrero de 2015 En vigor | BOE-A-2015-1234 | Leer | Qué cambió |
| 9 de febrero de 2006 | Texto original | Leer |
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