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Legislación › Ley 8/2006, de 10 de octubre, del voluntariado en Castilla y León.

Artículo 20. Incompatibilidades.

Artículo 20. Incompatibilidades.

1. La condición de voluntario es incompatible con el desempeño de cualquier actividad sujeta a retribución económica por la misma entidad de voluntariado en la que se integre y cuya naturaleza, contenido u objeto pueda tener relación con los propios de la actividad voluntaria.

2. La condición de voluntario es en todo caso compatible con la de socio o miembro de la entidad que desarrolle actividades de voluntariado.

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