Legislación › Ley 8/2006, de 10 de octubre, del voluntariado en Castilla y León.
Disposición final primera. Regulación de la organización y funcionamiento del Registro Regional de Entidades de Voluntariado de Castilla y León.
Disposición final primera. Regulación de la organización y funcionamiento del Registro Regional de Entidades de Voluntariado de Castilla y León.
En el plazo de seis meses a contar desde la entrada en vigor de esta ley, la Junta de Castilla y León aprobará el reglamento regulador del Registro Regional de Entidades de Voluntariado de Castilla y León.
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