Legislación › Ley Orgánica 7/2006, de 21 de noviembre, de protección de la salud y de lucha contra el dopaje en el deporte.
Disposición adicional novena. Instrumentos de colaboración en relación con la tarjeta de salud de los deportistas.
Disposición adicional novena. Instrumentos de colaboración en relación con la tarjeta de salud de los deportistas.
El Estado y las Comunidades Autónomas podrán establecer a través de los correspondientes instrumentos de colaboración fórmulas para la expedición, reconocimiento y realización conjunta o recíproca de la tarjeta de salud de los deportistas.
← Disposición adicional octava Índice Disposición transitoria primera →


