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Legislación › Ley Orgánica 7/2006, de 21 de noviembre, de protección de la salud y de lucha contra el dopaje en el deporte.

Disposición final séptima. Adaptación de estatutos y reglamentos federativos.

Disposición final séptima. Adaptación de estatutos y reglamentos federativos.

A los efectos previstos en esta Ley y, especialmente, de lo previsto en el artículo 14 de la presente, las federaciones deportivas españolas procederán, en el plazo máximo de seis meses, a contar desde la fecha de entrada en vigor de la presente Ley, a la adaptación y modificación de sus estatutos y reglamentos.

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