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Legislación › Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.

Artículo 65. Escala aplicable a los residentes en el extranjero.

Artículo 65. Escala aplicable a los residentes en el extranjero.

En el caso de los contribuyentes que tuviesen su residencia habitual en el extranjero por concurrir alguna de las circunstancias a las que se refieren el apartado 2 del artículo 8 y el apartado 1 del artículo 10 de esta Ley, las escalas aplicables serán la establecida en el apartado 1 del artículo 63 y la siguiente:

Base liquidable

–

Hasta euros

Cuota íntegra

–

Euros

Resto base liquidable

–

Hasta euros

Tipo aplicable

–

Porcentaje

0,00

0,00

12.450,00

9,50

12.450,00

1.182,75

7.750,00

12,00

20.200,00

2.112,75

15.000,00

15,00

35.200,00

4.362,75

24.800,00

18,50

60.000,00

8.950,75

En adelante

22,50

Se modifica por el art. 1.41 de la Ley 26/2014, de 27 de noviembre. BOE-A-2014-12327.

Se modifica por la disposición final 2.5 de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre. BOE-A-2009-20375

Esta modificación entra en vigor y surte efectos desde el 1 de enero de 2010, según establece la disposición final 5.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2015 En vigor BOE-A-2014-12327 Leer Qué cambió
1 de enero de 2010 BOE-A-2009-20375 Leer Qué cambió
1 de enero de 2007 Texto original Leer

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