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Legislación › Ley 14/2006, de 24 de octubre, de Finanzas de Cantabria.

Artículo 128. Publicación de información contable.

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Artículo 128. Publicación de información en el Boletín Oficial de Cantabria. contable.
1. La Sin perjuicio de lo establecido en la Ley de Transparencia de Cantabria, la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma publicará, con periodicidad men­sual, en el Boletín Oficial deberá publicar mensualmente, a través del portal institucional del Gobierno de Cantabria Cantabria, la información rela­tiva relativa a las operaciones de la ejecución del Presupuesto de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma y de sus modificaciones, y opera­ciones a las operaciones de tesorería, tesorería y de las demás aquella otra que se consideren considere de interés general.
2. Asimismo, sin perjuicio de lo establecido en la Ley de Transparencia de Cantabria, la Intervención General de la Adminis­tración Administración de la Comunidad Autónoma publicará anualmente en el Boletín Oficial portal institucional del Gobierno de Cantabria la Cuenta General de la Comunidad Autónoma.
3. La Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma podrá publicar la información anterior a través
Autónoma, dentro del mes siguiente al de otros medios que considere conve­nientes, distintos su remisión al Boletín Oficial Tribunal de Cantabria. Cuentas.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2024 En vigor BOE-A-2024-1373 Leer Qué cambió
1 de enero de 2007 Texto original Leer

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