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Legislación › Ley 15/2006, de 24 de octubre, de Juego de Cantabria.

Disposición transitoria segunda. Servicio de control de juegos de azar.

Disposición transitoria segunda. Servicio de control de juegos de azar.

Las funciones de inspección y control, hasta que se dé cumplimiento a lo dispuesto en el título IV, se ejercerán por el Servicio de Control de Juegos de Azar, de conformidad con el convenio de colaboración entre el Ministerio del Interior y la Comunidad Autónoma de Cantabria de 23 de mayo de 1996.

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