Legislación › Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Artículo 15. Derechos inherentes al cargo.
Artículo 15. Derechos inherentes al cargo.
Quien ejerza la Presidencia de la Junta de Andalucía tiene derecho a:
a) La precedencia sobre cualquier autoridad de la Comunidad Autónoma de Andalucía y la que le reserve la legislación del Estado.
b) Los honores atribuidos en razón de su cargo.
c) Utilizar la bandera y el escudo de Andalucía como distintivo.
d) Percibir las retribuciones establecidas en su normativa específica.
e) Ocupar la residencia oficial que se establezca con el personal, servicios y dotación correspondiente.
Se modifica la letra d) por la disposición final 1 del Decreto-ley 11/2023, de 27 de diciembre. BOJA-b-2023-90345
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 27 de diciembre de 2023 En vigor | BOE-A-2023-90345 | Leer | Qué cambió |
| 27 de noviembre de 2006 | Texto original | Leer |


