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Legislación › Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Artículo 15. Derechos inherentes al cargo.

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Artículo 15. Derechos inherentes al cargo.
Quien ejerza la Presidencia de la Junta de Andalucía tiene derecho a:
a) La precedencia sobre cualquier autoridad de la Comunidad Autónoma de Andalucía y la que le reserve la legislación del Estado.
b) Los honores atribuidos en razón de su cargo.
c) Utilizar la bandera y el escudo de Andalucía como distintivo.
d) Percibir las retribuciones que se fijen establecidas en las leyes del Presupuesto de la Comunidad Autónoma. su normativa específica.
e) Ocupar la residencia oficial que se establezca con el personal, servicios y dotación correspondiente.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
27 de diciembre de 2023 En vigor BOE-A-2023-90345 Leer Qué cambió
27 de noviembre de 2006 Texto original Leer

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