LexTotal

Legislación › Ley 8/2006, de 24 de octubre, del Estatuto de los andaluces en el mundo.

Artículo 5. Derecho a ser elector y elegible.

Artículo 5. Derecho a ser elector y elegible.

Los andaluces en el exterior tienen derecho a ser electores y elegibles en las mismas condiciones que las establecidas en la legislación electoral de Andalucía para los andaluces residentes en la Comunidad Autónoma.

← Artículo 4 Índice Artículo 6 →