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Legislación › Ley 17/2006, de 13 de noviembre, integral de la atención y de los derechos de la infancia y la adolescencia de las Illes Balears.

Artículo 140. Otras responsabilidades.

Artículo 140. Otras responsabilidades.

Si a consecuencia de la resolución de un procedimiento sancionador se derivasen responsabilidades administrativas o de otra índole para los progenitores o personas que ejerzan la tutela o la guarda de personas menores de edad, se pondrá en conocimiento del Ministerio Fiscal, a los efectos de depurar posibles responsabilidades civiles.

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