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Ley 17/2006, de 13 de noviembre, integral de la atención y de los derechos de la infancia y la adolescencia de las Illes Balears.
Derogada o sin vigencia Comunidad Autónoma de las Illes Balears · Publicada el 13 de diciembre de 2006 · Último cambio el 28 de febrero de 2019 · Ver en el BOE
Índice
- no 2 redacciones · cambió el 28/02/2019
- [preambulo]
- TÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Modalidades de atención a las personas menores de edad.
- Artículo 4. Principios.
- Artículo 5. Interpretación de la ley.
- Artículo 6. Colaboración institucional.
- Artículo 7. Prioridad presupuestaria.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 8. Competencias y funciones de las administraciones públicas de las Illes Balears.
- CAPÍTULO II
- Artículo 9. Gobierno de las Illes Balears.
- Artículo 10. Potestad reglamentaria normativa.
- Artículo 11. Potestades genéricas en materia de protección de personas menores de edad.
- Artículo 12. Potestades específicas en materia de protección de personas menores de edad.
- Artículo 13. Potestades en aplicación de las medidas judiciales sobre personas menores de edad infractoras.
- Artículo 14. Planificación.
- CAPÍTULO III
- Artículo 15. Competencias de los consejos insulares.
- Artículo 16. Normativa reguladora.
- Artículo 17. Funciones de coordinación e información mutua.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 18. Competencias de los ayuntamientos.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 19. Medidas para facilitar el ejercicio de los derechos.
- Artículo 20. Obligaciones de los progenitores o de las personas que ejerzan la tutela o la guarda de las personas menores de edad.
- Artículo 21. Apoyo a la maternidad y paternidad y a la conciliación de la vida familiar y laboral.
- CAPÍTULO II
- Artículo 22. Declaración genérica.
- Sección 1
- Artículo 23. Derecho a la prevención de los malos tratos y de la explotación.
- Sección 2
- Artículo 24. Derecho a la integración.
- Artículo 25. Derecho a la identidad.
- Sección 3
- Artículo 26. Derecho a la atención a la primera infancia.
- Sección 4
- Artículo 27. Derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen.
- Sección 5
- Artículo 28. Derecho a la libertad ideológica.
- Sección 6
- Artículo 29. Derecho a la libertad de expresión.
- Sección 7
- Artículo 30. Derecho a la promoción de la salud.
- Artículo 31. Obligaciones de las administraciones públicas en materia de protección de la salud.
- Sección 8
- Artículo 32. Derecho de acceso al Sistema Público de Servicios Sociales.
- Sección 9
- Artículo 33. Derecho a la educación.
- Artículo 34. Educación especial.
- Artículo 35. Principios de actuación administrativa.
- Artículo 36. Obligaciones de las administraciones públicas en relación a la educación.
- Sección 10
- Artículo 37. Derecho al acceso a la cultura.
- Sección 11
- Artículo 38. Derecho al ocio, al deporte, asociacionismo y participación social.
- Artículo 39. Prevención de los efectos nocivos de las sectas.
- Sección 12
- Artículo 40. Derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado.
- Sección 13
- Artículo 41. Derecho a la información y publicidad.
- Artículo 42. Prohibiciones y limitaciones.
- Artículo 43. Emisiones de radio y televisión.
- Artículo 44. Medios de comunicación social.
- Artículo 45. Publicidad.
- Artículo 46. Publicidad televisiva.
- Artículo 47. Publicidad en la que participan personas menores de edad.
- Sección 14
- Artículo 48. Establecimientos y espectáculos públicos.
- Sección 15
- Artículo 49. Protección en materia de consumo.
- Artículo 50. Información en materia de consumo.
- Artículo 51. Acceso a bebidas alcohólicas y al tabaco.
- Artículo 52. Acceso a otros productos o servicios perjudiciales para la salud de las personas menores de edad.
- Artículo 53. Prevención de las consecuencias asociadas al consumo de drogas.
- Sección 16
- Artículo 54. Derecho a ser oída.
- CAPÍTULO III
- Artículo 55. Deberes de las personas menores de edad.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 56. Concepto.
- Artículo 57. Derechos específicos de las personas menores de edad protegidos.
- Artículo 58. Criterios de actuación.
- Artículo 59. Deber de comunicación y denuncia.
- CAPÍTULO II
- Artículo 60. Concepto y situación de riesgo.
- Artículo 61. Valoración de la situación de riesgo.
- Artículo 62. Colaboración de los padres o de las personas que los sustituyan.
- CAPÍTULO III
- Artículo 63. Concepto y situaciones de desamparo.
- Artículo 64. Valoración y necesidad del procedimiento.
- Artículo 65. Iniciación del procedimiento.
- Artículo 66. Comprobaciones iniciales e investigación previa.
- Artículo 67. Instrucción y procedimiento.
- Artículo 68. Archivo o continuación de las actuaciones.
- Artículo 69. Medidas de urgencia y procedimiento sumario.
- Artículo 70. Propuesta de resolución.
- Artículo 71. Resolución, notificación y control judicial.
- Artículo 72. Auxilio judicial y policial.
- Artículo 73. Tutela del órgano competente.
- Artículo 74. Guarda voluntaria de personas menores de edad.
- Artículo 75. Contribución a la guarda voluntaria.
- CAPÍTULO IV
- Sección 1
- Artículo 76. Clases de medidas de protección.
- Artículo 77. Duración de las medidas.
- Artículo 78. Causas de extinción de las medidas.
- Sección 2
- Artículo 79. Constitución.
- Artículo 80. Régimen general.
- Artículo 81. Tipos de acogimiento.
- Sección 3
- Artículo 82. Supuestos en los que proceden.
- Artículo 83. Contenido.
- Artículo 84. Extinción.
- Sección 4
- Artículo 85. Acogimiento familiar preadoptivo.
- Artículo 86. Propuesta previa de adopción.
- Sección 5
- Artículo 87. Supuestos en que procede.
- Artículo 88. Contenido.
- Artículo 89. Reglamentación interna.
- Artículo 90. Requisitos reglamentarios.
- Artículo 91. Clasificación y tipos de centros de acogimiento residencial.
- Sección 6
- Artículo 92. Adopción de personas menores de edad.
- Artículo 93. Criterios de aplicación.
- Artículo 94. Reserva y confidencialidad.
- Artículo 95. Adopción internacional.
- CAPÍTULO V
- Artículo 96. Registro autonómico de centros de acogimiento residencial de personas menores de edad.
- Artículo 97. Registro autonómico de protección de personas menores de edad.
- Artículo 98. Registro autonómico de adopciones.
- Artículo 99. Organización y funcionamiento.
- Artículo 100. Registros insulares.
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 101. Competencias.
- Artículo 102. Criterios de actuación.
- Artículo 103. Ámbito de ejecución.
- Artículo 104. Colaboración en la ejecución.
- CAPÍTULO II
- Artículo 105. Principios generales.
- Artículo 106. Actuaciones.
- CAPÍTULO III
- Artículo 107. Finalidad de las medidas.
- Artículo 108. Tipos de medidas.
- Artículo 109. Medio abierto.
- Artículo 110. Medidas privativas de libertad.
- Artículo 111. Mediación, conciliación y reparación extrajudicial.
- Artículo 112. Seguimiento de las medidas.
- Artículo 113. Modificación de medidas.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 114. Clases de centros.
- Artículo 115. Organización interna.
- Artículo 116. Supervisión e inspección.
- TÍTULO VI
- CAPÍTULO I
- Artículo 117. Sindicatura de Greuges.
- CAPÍTULO II
- Artículo 118. Objeto, funciones y composición.
- CAPÍTULO III
- Artículo 119. Objeto, funciones y composición.
- TÍTULO VII
- Artículo 120. Fomento de la iniciativa social.
- Artículo 121. Entidades de integración familiar.
- TÍTULO VIII
- CAPÍTULO I
- Artículo 122. Inspección.
- Artículo 123. Funciones de la Inspección.
- Artículo 124 Actuaciones de seguimiento.
- Artículo 125. Habilitación y facultades de los inspectores y de las inspectoras.
- Artículo 126. Actas de inspección.
- CAPÍTULO II
- Artículo 127. Infracciones administrativas y sujetos responsables.
- Artículo 128. Infracciones leves.
- Artículo 129. Infracciones graves.
- Artículo 130. Infracciones muy graves.
- CAPÍTULO III
- Artículo 131. Sanciones.
- Artículo 132. Otras sanciones.
- Artículo 133. Gradación de sanciones.
- Artículo 134. Reincidencia.
- Artículo 135. Destino del importe de las sanciones.
- Artículo 136. Prescripción de las infracciones y sanciones.
- Artículo 137. Procedimiento aplicable.
- Artículo 138. Medidas cautelares.
- Artículo 139. Concurrencia de actuaciones con el orden jurisdiccional penal.
- Artículo 140. Otras responsabilidades.
- Artículo 141. Recursos.
- Artículo 142. Publicidad de las sanciones.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
- [firma]


