Legislación › Ley 17/2006, de 13 de noviembre, integral de la atención y de los derechos de la infancia y la adolescencia de las Illes Balears.
Artículo 53. Prevención de las consecuencias asociadas al consumo de drogas.
Artículo 53. Prevención de las consecuencias asociadas al consumo de drogas.
Corresponde a las administraciones públicas de las Illes Balears, en el ámbito de sus respectivas competencias, la realización de actuaciones, la puesta en funcionamiento y el desarrollo de programas de información y educación sanitaria de la población sobre las sustancias que puedan generar dependencia, y poner en funcionamiento programas de prevención y atención de la drogodependencia.


