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Legislación › Ley 17/2006, de 13 de noviembre, integral de la atención y de los derechos de la infancia y la adolescencia de las Illes Balears.

Artículo 142. Publicidad de las sanciones.

Artículo 142. Publicidad de las sanciones.

En el caso de infracciones graves o muy graves el órgano competente acordará en la resolución del expediente sancionador, la publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears de las sanciones impuestas, una vez que éstas hayan adquirido firmeza.

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