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Legislación › Ley 17/2006, de 13 de noviembre, integral de la atención y de los derechos de la infancia y la adolescencia de las Illes Balears.

Artículo 39. Prevención de los efectos nocivos de las sectas.

Artículo 39. Prevención de los efectos nocivos de las sectas.

Las administraciones públicas de las Illes Balears, en el ámbito de sus respectivas competencias, pondrán en marcha programas de información y prevención dirigidos a advertir de los efectos perjudiciales en el ámbito educativo, cultural y social de la actividad de las sectas y de otros grupos que tengan como finalidad alterar el equilibrio psíquico o que utilicen medios para alterarlo.

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