Legislación › Ley 6/2006, de 9 de noviembre, de Farmacia de Extremadura.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
La presente Ley es de aplicación a los establecimientos y servicios farmacéuticos radicados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.


