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Legislación › Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

Artículo 13. Objetivos de las prestaciones de dependencia.

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Artículo 13. Objetivos de las prestaciones de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.
La atención a las personas en situación de dependencia y la promoción de su autonomía personal deberán orientarse a la consecución de la satisfacción de sus derechos y una mejor calidad de vida y autonomía personal, en un marco de efectiva igualdad de oportunidades, de acuerdo con los siguientes objetivos:
a) Facilitar una existencia autónoma en su medio habitual, todo el tiempo que desee Promover la autonomía personal, la vida independiente y sea posible. la inclusión en la comunidad de las personas en situación de dependencia.
b) Proporcionar un trato digno en todos los ámbitos Proteger la dignidad de su vida personal, familiar las personas y social, facilitando su incorporación activa garantizar el buen trato y el ejercicio pleno de todos sus derechos, en la vida igualdad de la comunidad. condiciones con las demás.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de octubre de 2026 BOE-A-2026-20528 Leer Qué cambió
1 de enero de 2007 En vigor Texto original Leer

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