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Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 15 de diciembre de 2006 · Último cambio el 3 de octubre de 2026 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. TÍTULO PRELIMINAR
  3. Artículo 1. Objeto de la Ley.
  4. Artículo 2. Definiciones. 2 redacciones · cambió el 03/10/2026
  5. Artículo 3. Principios de la Ley. 2 redacciones · cambió el 03/10/2026
  6. Artículo 4. Derechos y obligaciones de las personas en situación de dependencia. 3 redacciones · cambió el 03/10/2026
  7. Artículo 4 bis. Derechos de las personas cuidadoras no profesionales y de la persona cuidadora principal.
  8. Artículo 5. Titulares de derechos. 2 redacciones · cambió el 03/10/2026
  9. TÍTULO I
  10. CAPÍTULO I
  11. Artículo 6. Finalidad del Sistema.
  12. Artículo 7. Niveles de protección del Sistema. 8 redacciones · cambió el 04/07/2018
  13. Artículo 8. Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. 10 redacciones · cambió el 03/10/2026
  14. Artículo 9. Participación de la Administración General del Estado. 2 redacciones · cambió el 14/07/2012
  15. Artículo 10. Cooperación entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas. 9 redacciones · cambió el 03/10/2026
  16. Artículo 11. Participación de las Comunidades Autónomas en el Sistema. 2 redacciones · cambió el 03/10/2026
  17. Artículo 12. Participación de las Entidades Locales.
  18. CAPÍTULO II
  19. Sección 1
  20. Artículo 13. Objetivos de las prestaciones de dependencia. 2 redacciones · cambió el 03/10/2026
  21. Artículo 14. Prestaciones de atención a la dependencia. 4 redacciones · cambió el 03/10/2026
  22. Artículo 15. Catálogo de servicios. 2 redacciones · cambió el 03/10/2026
  23. Artículo 16. Red de servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
  24. Sección 2
  25. Artículo 17. Prestación económica vinculada al servicio. 2 redacciones · cambió el 14/07/2012
  26. Artículo 18. Prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales. 3 redacciones · cambió el 03/10/2026
  27. Artículo 19. Prestación económica de asistencia personal. 3 redacciones · cambió el 03/10/2026
  28. Artículo 19 bis. Servicio de cuidados y apoyos en viviendas a través de prestación económica.
  29. Artículo 20. Cuantía de las prestaciones económicas.
  30. Sección 3
  31. Artículo 21. Prevención de las situaciones de dependencia. 2 redacciones · cambió el 03/10/2026
  32. Artículo 21 bis. Servicio de promoción de la autonomía personal.
  33. Artículo 22. Servicio de Teleasistencia. 2 redacciones · cambió el 03/10/2026
  34. Artículo 23. Servicio de Ayuda a Domicilio. 4 redacciones · cambió el 03/10/2026
  35. Artículo 23 bis. Servicio de asistencia personal.
  36. Artículo 24. Servicio de Centro de Día y de Noche. 2 redacciones · cambió el 03/10/2026
  37. Artículo 24 bis. Servicio de cuidados y apoyos en viviendas.
  38. Artículo 25. Servicio de Atención residencial. 2 redacciones · cambió el 03/10/2026
  39. Sección 4 2 redacciones · cambió el 03/10/2026
  40. Artículo 25 bis. Régimen de incompatibilidad de las prestaciones. 2 redacciones · cambió el 03/10/2026
  41. CAPÍTULO III
  42. Artículo 26. Grados de dependencia. 3 redacciones · cambió el 03/10/2026
  43. Artículo 27. Valoración de la situación de dependencia. 3 redacciones · cambió el 03/10/2026
  44. CAPÍTULO IV
  45. Artículo 28. Procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema. 3 redacciones · cambió el 03/10/2026
  46. Artículo 29. Programa Individual de Atención. 3 redacciones · cambió el 03/10/2026
  47. Artículo 30. Revisión del grado de dependencia y de la prestación reconocida. 3 redacciones · cambió el 03/10/2026
  48. Artículo 31. Prestaciones de análoga naturaleza y finalidad. 2 redacciones · cambió el 03/10/2026
  49. CAPÍTULO V
  50. Artículo 32. Financiación del Sistema por las Administraciones Públicas. 9 redacciones · cambió el 03/10/2026
  51. Artículo 32 bis. Determinación de la capacidad económica.
  52. Artículo 33. La participación de los beneficiarios en el coste de las prestaciones. 2 redacciones · cambió el 03/10/2026
  53. TÍTULO II
  54. CAPÍTULO I
  55. Artículo 34. Calidad en el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. 2 redacciones · cambió el 03/10/2026
  56. Artículo 35. Calidad en la prestación de los servicios. 2 redacciones · cambió el 03/10/2026
  57. Artículo 35 bis. Garantía de calidad en el empleo.
  58. CAPÍTULO II
  59. Artículo 36. Formación y cualificación de profesionales y cuidadores.
  60. CAPÍTULO III
  61. Artículo 37. Sistema de información del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. 2 redacciones · cambió el 03/10/2026
  62. Artículo 38. Red de comunicaciones. 3 redacciones · cambió el 03/10/2026
  63. CAPÍTULO IV
  64. Artículo 39. Acción administrativa contra el fraude.
  65. CAPÍTULO V
  66. Artículo 40. Comité Consultivo.
  67. Artículo 41. Órganos consultivos.
  68. TÍTULO III
  69. Artículo 42. Responsables.
  70. Artículo 43. Infracciones.
  71. Artículo 44. Clasificación de las infracciones.
  72. Artículo 45. Sanciones.
  73. Artículo 46. Prescripción.
  74. Artículo 47. Competencias.
  75. Disposición adicional primera. Financiación de las prestaciones y servicios garantizados por la Administración General del Estado.
  76. Disposición adicional segunda. Régimen aplicable a los sistemas de Concierto y Convenio.
  77. Disposición adicional tercera. Ayudas económicas para facilitar la autonomía personal.
  78. Disposición adicional cuarta. Seguridad Social de los cuidadores no profesionales.
  79. Disposición adicional quinta. Registro de Prestaciones Sociales Públicas. 2 redacciones · cambió el 03/10/2026
  80. Disposición adicional sexta. Modificación del Real Decreto Legislativo 3/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. 2 redacciones · cambió el 03/10/2026
  81. Disposición adicional séptima. Instrumentos privados para la cobertura de la dependencia.
  82. Disposición adicional octava. Terminología. 2 redacciones · cambió el 03/10/2026
  83. Disposición adicional novena. Efectividad del reconocimiento de las situaciones vigentes de gran invalidez y de necesidad de ayuda de tercera persona. 2 redacciones · cambió el 14/07/2012
  84. Disposición adicional décima. Investigación y desarrollo. 2 redacciones · cambió el 03/10/2026
  85. Disposición adicional undécima. Ciudades de Ceuta y Melilla.
  86. Disposición adicional duodécima. Diputaciones Forales, Cabildos y Consejos Insulares.
  87. Disposición adicional decimotercera. Protección de los menores de 3 años. 2 redacciones · cambió el 03/10/2026
  88. Disposición adicional decimocuarta. Fomento del empleo de las personas con discapacidad.
  89. Disposición adicional decimoquinta. Garantía de accesibilidad y supresión de barreras.
  90. Disposición adicional decimosexta. Pensiones no contributivas.
  91. Disposición adicional decimoséptima. Régimen jurídico de las personas incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 3/2024, de 30 de octubre, para mejorar la calidad de vida de personas con Esclerosis Lateral Amiotrófica y otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible. 2 redacciones · cambió el 03/10/2026
  92. Disposición adicional decimoctava. Fomento de la innovación social.
  93. Disposición adicional decimonovena. Empleados públicos del Servicio Exterior.
  94. Disposición adicional vigésima. Aprobación del marco formativo de los y las profesionales que presten la asistencia personal.
  95. Disposición adicional vigesimoprimera. Compatibilidad de las prestaciones de base domiciliaria.
  96. Disposición adicional vigesimosegunda. Interoperabilidad de los sistemas de información del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
  97. Disposición transitoria primera. Participación en la financiación de las Administraciones Públicas. 5 redacciones · cambió el 30/12/2014
  98. Disposición transitoria segunda.
  99. Disposición final primera. Aplicación progresiva de la Ley. 6 redacciones · cambió el 03/10/2026
  100. Disposición final segunda. Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
  101. Disposición final tercera. Comité Consultivo.
  102. Disposición final cuarta. Marco de cooperación interadministrativa para el desarrollo de la Ley.
  103. Disposición final cuarta bis. Criterios comunes para el apoyo a personas cuidadoras no profesionales.
  104. Disposición final quinta. Desarrollo reglamentario.
  105. Disposición final sexta. Informe anual.
  106. Disposición final séptima. Habilitación normativa.
  107. Disposición final octava. Fundamento constitucional.
  108. Disposición final novena. Entrada en vigor.
  109. Firma
  110. [Información relacionada]