LexTotal

Legislación › Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

Disposición adicional novena. Efectividad del reconocimiento de las situaciones vigentes de gran invalidez y de necesidad de ayuda de tercera persona.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2007 y la del 15 de julio de 2012. Tachado: lo que se quitó (6 palabras). Subrayado: lo que se añadió (4 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional novena. Efectividad del reconocimiento de las situaciones vigentes de gran invalidez y de necesidad de ayuda de tercera persona.
Quienes tengan reconocida la pensión de gran invalidez o la necesidad de asistencia de tercera persona según el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de Procedimiento procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía, discapacidad, tendrán reconocido el requisito de encontrarse en situación de dependencia, dependencia en el grado y nivel que se disponga en el desarrollo reglamentario de esta Ley. ley.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
15 de julio de 2012 En vigor BOE-A-2012-9364 Leer Qué cambió
1 de enero de 2007 Texto original Leer

← Disposición adicional octava Índice Disposición adicional décima →