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Legislación › Orden ITC/3994/2006, de 29 de diciembre, por la que se establece la retribución de las actividades de regasificación.

Disposición adicional segunda. Actualización de valores unitarios.

Disposición adicional segunda. Actualización de valores unitarios.

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio aprobará antes del 1 de enero de cada año, los valores que deberán tomarse como referencia para la actualización de los valores unitarios establecidos en los anexos II, III y IV de la presente orden.

Se modifica por la disposición final 3 de la Orden ITC/3520/2009, de 28 de diciembre. BOE-A-2009-21174.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2010 En vigor BOE-A-2009-21174 Leer Qué cambió
1 de enero de 2007 Texto original Leer

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