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Legislación › Orden APU/293/2006, de 31 de enero, de desarrollo y aplicación del Real Decreto 835/2003, de 27 de junio, por el que se regula la cooperación económica del Estado a las inversiones de las Entidades locales.

ANEXO III

ANEXO III

Instrucciones para la codificación de las obras del plan provincial o insular de cooperación

Sólo son incluibles en los planes las inversiones, nunca los gastos de funcionamiento de los servicios, por lo que los códigos asignados corresponden exclusivamente a las primeras.

La correcta codificación resulta esencial para el adecuado tratamiento informático de la gestión de los planes, por lo que se ha de prestar adecuada atención a este aspecto. Los códigos de las obras constan de cinco dígitos:

El primero corresponde al grupo de función, de acuerdo con la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda, de 20 de octubre de 1989, por la que se establece la estructura de los presupuestos de las Corporaciones locales, que servirá como norma interpretativa.

El segundo corresponde a la función, de acuerdo con la misma Orden.

En ambos casos se han seleccionado las que se consideran más significativas, pudiendo utilizarse para posibles supuestos no previstos los códigos de «obras no clasificadas».

El tercer dígito nos señala si se trata de servicios obligatorios (0), servicios del artículo 26, no obligatorios por razón de la población (3), otros servicios municipales (5), y servicios provinciales (7), entendiendo por tales aquellos de su competencia que les vengan atribuidos por las Leyes sectoriales de aplicación.

Los dos dígitos restantes identifican de forma ordinal los distintos tipos de obras.

Como ejemplo se puede señalar que un parque público tendrá el código 43008 en los municipios de población mayores de 5.000 habitantes, al ser obligatorios y el 43308, en los de población inferior a la indicada.

En el supuesto de obras diversas, se atenderá a la finalidad fundamental de la inversión, asignando el código correspondiente al Servicio que represente el volumen de inversión más significativa.

Grupos de funciones según los Presupuestos de las Corporaciones locales:

Grupo de función 1. Servicio de carácter general:

Función 1.1 Órganos de gobierno.

Función 1.2 Administración general.

Grupo de función 2. Protección Civil y Seguridad Ciudadana:

Función 2.2 Seguridad y protección civil.

Grupo de función 3. Seguridad, protección y promoción social:

Función 3.1 Seguridad y Protección Social.

Función 3.2 Promoción Social.

Grupo de función 4. Producción de bienes públicos de carácter social:

Función 4.1 Sanidad.

Función 4.2 Educación.

Función 4.3 Vivienda y Urbanismo.

Función 4.4 Bienestar comunitario.

Función 4.5 Cultura.

Función 4. Otros servicios comunitarios y sociales.

Grupo de función 5. Producción de bienes de carácter económico:

Función 5.1 Infraestructura básica y transportes.

Función 5.2 Comunicaciones.

Función 5.3 Infraestructura agraria.

Función 5.4 Investigación científica, técnica y aplicada.

Función 5.5 Información básica y estadística.

Grupo de función 6. Regulación económica de carácter general:

Función 6.1 Regulación Económica.

Función 6.2 Regulación Comercial.

Grupo de función 7. Regulación económica de sectores productivos:

Función 7.1 Agricultura, ganadería y pesca.

Función 7.2 Industria.

Función 7.3 Energía.

Función 7.4 Minería.

Función 7.5 Turismo.

Códigos para identificar por tipos las obras incluidas en el plan provincial o insular de cooperación

Obras y servicios

Códigos

Artículo 26 Ley 7/1985

Artículo 25

Ley 7/1985

Servicios de prestación provincial o insular

Servicios obligatorios

No obligatorios según población

Servicios Municipales

Casas Consistoriales.

 

 

12501

 

Otras dependencias de Administración General.

 

 

12502

 

Adquisición equipos informáticos.

 

 

12525

12725

Protección Civil.

22003

22303

 

22703

Prevención y extinción de incendios.

22004

22304

 

22704

Seguridad lugares públicos.

 

 

22526

 

Prestación de servicios sociales.

31005

31305

 

31705

Control de alimentos y bebidas.

41006

 

 

41706

Hospitales.

 

 

41527

41727

Otras dependencias sanitarias.

 

 

41528

41728

Construcción de centros docentes.

 

 

42529

 

Escuelas taller.

 

 

42530

 

Alumbrado Público.

43007

 

 

 

Parques Públicos.

43008

43308

 

 

Edificios uso múltiple.

 

 

43531

43731

Promoción viviendas.

 

 

43532

43732

Cementerios.

44009

 

 

 

Recogida de residuos.

44010

 

 

 

Limpieza viaria.

44011

 

 

 

Alcantarillado.

44012

 

 

 

Mercados.

44013

44313

 

 

Tratamiento residuos sólidos.

44014

44314

 

 

Tratamiento residuos líquidos.

44015

44315

 

 

Protección medio ambiente.

44018

44318

 

 

Ferias.

 

 

44534

44734

Biblioteca pública.

45019

45319

 

45719

Instalaciones culturales.

 

 

45535

45735

Instalaciones deportivas.

45020

45320

 

45720

Patrimonio histórico.

 

 

45536

45736

Centros sociales.

 

 

46537

46737

Accesos de núcleos.

51021

 

 

 

Abastecimiento aguas.

51022

 

 

 

Pavimentación calles.

51023

 

 

 

Transporte colectivo urbano.

51024

51324

 

 

Ordenación de tráfico.

 

 

51538

 

Red viaria.

 

 

 

51739

Estación autobuses.

 

 

51540

 

Encauzamiento.

 

 

51541

 

Teléfonos.

 

 

 

52743

Electrificaciones rurales.

 

 

52544

52744

Mercados centrales.

 

 

62542

 

Obras no clasificadas.

 

 

00599

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