LexTotal

Legislación › Orden APU/293/2006, de 31 de enero, de desarrollo y aplicación del Real Decreto 835/2003, de 27 de junio, por el que se regula la cooperación económica del Estado a las inversiones de las Entidades locales.

Trigésimo sexto. Beneficiarios de las subvenciones.

Trigésimo sexto. Beneficiarios de las subvenciones.

Pueden solicitar y obtener subvenciones para esta finalidad las Entidades locales que tengan regulada la participación de la sociedad civil a través de norma reglamentaria de naturaleza orgánica y/o estatutos reguladores de Consejos y otras estructuras relacionadas con el proyecto, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitud de la subvención.

← Trigésimo quinto Índice Trigésimo séptimo →