Legislación › Ley 22/2005, de 29 de diciembre, de la comunicación audiovisual de Cataluña.
Artículo 52. Criterios de adjudicación de la licencia.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de enero de 2006 y la del 9 de octubre de 2006. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor
Artículo 52. Criterios de adjudicación de la licencia.
1. El Consejo del Audiovisual de Cataluña debe evaluar las ofertas presentadas de acuerdo con los siguientes criterios:
a) El tiempo de emisión dedicado a contenidos informativos y de actualidad relacionados con el área de cobertura de la licencia; el compromiso de contribuir al desarrollo de la industria audiovisual catalana y especialmente del ámbito de cobertura de la licencia; la oferta de programas de interés social, y el tiempo de emisión de programación infantil y de carácter formativo.
b) El grado de uso del catalán y de fomento y difusión de la cultura catalana, y, si procede, del aranés.
c) Las medidas para garantizar el acceso de las personas con discapacidades a los contenidos audiovisuales.
d) Los compromisos propuestos con relación a la estructura laboral y a la calidad profesional.
e) El tiempo de desarrollo y el alcance de la cobertura de los servicios, los sistemas y las normas de transmisión y el uso de infraestructuras existentes.
f) Las condiciones técnicas de la prestación del servicio y la creación de puestos de trabajo.
g) Los procedimientos y las vías previstas para dar una mejor y más rápida satisfacción al derecho de réplica.
h) Los demás criterios que se establezcan en la convocatoria del concurso.
2. Los baremos de valoración de los concursos públicos que afecten a la televisión local o de proximidad deben considerar, además de los criterios fijados por el apartado 1, como mínimo, los siguientes criterios específicos:
a) La propuesta de programación y valoración en coherencia con lo establecido por la disposición adicional.
b) La experiencia en comunicación local en la misma demarcación.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 5 de febrero de 2007 En vigor | BOE-A-2007-2384 | Leer | Qué cambió |
| 9 de octubre de 2006 | BOE-A-2006-17577 | Leer | Qué cambió |
| 3 de enero de 2006 | Texto original | Leer |


