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Legislación › Real Decreto 61/2006, de 31 de enero, por el que se determinan las especificaciones de gasolinas, gasóleos, fuelóleos y gases licuados del petróleo y se regula el uso de determinados biocarburantes.

Artículo 4. Especificaciones técnicas de fuelóleos.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 18 de febrero de 2006 y la del 29 de septiembre de 2006. Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (9 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 4. Especificaciones técnicas de los fuelóleos.
Las especificaciones técnicas para los fuelóleos fuelóleos, con exclusión del combustible para uso marítimo, son las que se relacionan en el anexo IV de este real decreto.
El contenido máximo de azufre no será aplicable al fuelóleo utilizado en:
a) Grandes plantas de combustión contempladas en el Real Decreto 430/2004, de 12 de marzo.
b) Otras plantas de combustión no incluidas en la letra a), cuando sus emisiones de SO2 sean iguales o inferiores a 1.700 mg/Nm3, con un contenido de oxígeno en los gases de combustión del 3 por ciento en volumen, en base seca.
c) Refinerías de petróleo, cuando la media mensual de las emisiones de SO2 entre todas las instalaciones de la refinería, excluidas las del apartado a), sean iguales o inferiores a 1.700 mg/Nm3.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
19 de abril de 2015 En vigor BOE-A-2015-4218 Leer Qué cambió
29 de septiembre de 2006 BOE-A-2006-16932 Leer Qué cambió
18 de febrero de 2006 Texto original Leer

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