Legislación › Ley 16/2005, de 30 de diciembre, urbanística valenciana.
Disposición transitoria sexta. Suspensión temporal de la exigencia de reserva de suelo destinado a viviendas sujetas a algún régimen de protección pública.
Disposición transitoria sexta. Suspensión temporal de la exigencia de reserva de suelo destinado a viviendas sujetas a algún régimen de protección pública.
Será de aplicación en la Comunitat Valenciana, y durante todo el plazo de vigencia de la misma y de sus eventuales prórrogas, la suspensión prevista en la disposición transitoria segunda de la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas.
La suspensión será aplicable a todos los planes parciales y a los planes de reforma interior que cumplan los requisitos establecidos en la referida norma estatal, con independencia de cuál sea la administración competente para la aprobación definitiva de los mismos.
Se añade por el art. 124 de la Ley autonómica 5/2013, de 23 de diciembre. BOE-A-2006-2975.
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