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Legislación › Ley 11/2005, de 15 de diciembre, del Estatuto del Consumidor.

Disposición final primera.

Disposición final primera.

Se autoriza al Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de la presente Ley.

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