Legislación › Ley 11/2005, de 15 de diciembre, del Estatuto del Consumidor.
Disposición final primera.
Disposición final primera.
Se autoriza al Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de la presente Ley.
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