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Legislación › Ley 5/2005, de 20 de diciembre, integral contra la violencia de género de la Comunidad de Madrid.

Artículo 38. Colaboración con entidades privadas y asociaciones sin ánimo de lucro.

Artículo 38. Colaboración con entidades privadas y asociaciones sin ánimo de lucro.

El órgano competente en materia de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres de la Comunidad de Madrid establecerá cauces de colaboración con las entidades privadas y asociaciones sin ánimo de lucro cuyo objeto social comprenda la realización de actuaciones para combatir la Violencia de Género mediante la sensibilización, la prevención o la asistencia.

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