Legislación › Ley 5/2005, de 20 de diciembre, integral contra la violencia de género de la Comunidad de Madrid.
Disposición final séptima. Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid.
Disposición final séptima. Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid.
Se añade un nuevo apartado 7 al artículo 3 de la Ley 12/1999, de 29 de abril, de creación del Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid, con la siguiente redacción:
«7. En el Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid tendrá participación la persona titular del órgano directivo de la Comunidad de Madrid competente en materia de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres, a quien se convocará a las reuniones de los diferentes órganos colegiados del Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid en las que se vaya a tratar asuntos que puedan tener incidencia en la citada materia, y a las que asistirá con voz y voto.»


