Legislación › Orden JUS/568/2006, de 8 de febrero, sobre modificación de modelos de asientos y certificaciones del Registro Civil y del Libro de Familia.
Disposición final segunda. Habilitación para la aplicación.
Disposición final segunda. Habilitación para la aplicación.
La Dirección General de los Registros y del Notariado dictará las resoluciones e instrucciones necesarias para la ejecución de lo previsto en esta Orden.
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