Legislación › Resolución de 28 de febrero de 2006, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la validación mediante un código NRC de los avales otorgados por las entidades de crédito y por las sociedades de garantía recíproca y presentados por los interesados ante la administración tributaria.
ANEXO II
ANEXO II
Modelo de designación de responsables de las entidades avalistas (*)
Razón social de la Entidad avalista:
Código asignado por el Banco de España a la Entidad avalista:
– Si la entidad avalista es colaboradora en la gestión recaudatoria de la Agencia Tributaria: Confirmación de que los responsables son los comunicados a efectos de recaudación de tributos.
– Si la entidad avalista NO es colaboradora en la gestión recaudatoria de la Agencia Tributaria: Deben rellenarse los siguientes datos:
Responsable 1:
– Nombre y apellidos:
– Dirección.
– Nombre y n.º de la vía pública:
– Municipio:
– Código postal:
– Provincia:
– N.º de teléfono del responsable.
– N.º de fax del responsable.
– Dirección de correo electrónico del responsable.
Responsable 2:
Deben indicarse los mismos datos que para el Responsable 1.
(*) La información deberá remitirse a la Unidad de Control de Entidades Colaboradoras del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Se modifica, con efectos de 18 de noviembre de 2021, por el apartado primero.8 de la Resolución de 20 de septiembre de 2021. BOE-A-2021-15450
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 18 de noviembre de 2021 En vigor | BOE-A-2021-15450 | Leer | Qué cambió |
| 14 de marzo de 2006 | Texto original | Leer |


